Fines:
La SBS se centra como meta la protección del público, sus intereses, con una confianza y protección de estos, teniendo en cuenta la estabilidad económica y financiera de las personas sea natural o jurídica, y someter a cumplir las leyes y maximizar el valor de los sistemas financieros, de seguros y privado de pensiones.
Objetivos:
-Denunciar a aquellas personas que sin autorización realicen actividades señaladas en la Ley -General y la Ley del Sistema Privado de Pensiones.
-Contribuir a la lucha en la prevención de lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
-Regular y supervisar los Sistemas Financieros, de seguros y del Sistema Privado de Pensiones.
-Preservar la seguridad de los depositantes, asegurados y afiliados al SPP.
Funciones:
-Permitir el funcionamiento y organización de personas jurídicas que quieran realizar operaciones de la Ley 26702.
-Ejercer el control de las leyes que rige al SF, SS Y SPAFP principalmente en las operaciones y negocios.
-Fiscalizar a las personas N y J que inviertan a largo plazo para obtener un ingreso.
-Investigar a toda persona para aclarecer investigaciones.
-Difundir las normas para las operaciones financieros, de seguro y servicios complementarios de las empresas.
-Redactar las disposiciones a fin que los sujetos obligados aporten al lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
-Individualizar los riesgos por cada empresa por separado.
-Dictar las normas generales para el buen detalle de los estados financieros.
-Colaborar con el BCRP.
-Dictar pautas para aceptar la clasificación de empresas financieras difundidas por el MCV.
-Realizar todo acto necesario para asegurar el interés del público.
-Recibir, analizar, tratar, evaluar y transmitir información para combatir la prevención de lavado de activos y financiamiento de terrorismo.
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